sábado, 17 de septiembre de 2011

EDITORIAL | Tribunal de Imprenta en Cobija

Invocamos la Ley de Imprenta para solicitar a los miembros del H. Concejo Municipal de Cobija se proceda a convocar a 40 ciudadanos notables de nuestra noble comunidad pandina, constituyendo el Jurado de Imprenta en esta capital…

El pasado mes la Dirección de Sol de Pando entregó una carta a la Presidencia del Concejo Municipal de Cobija, tras una querella presentada contra este medio informativo por un familiar del Gobernador de Pando.
Un acción penal ordinaria que pretenda criminalizar la labor periodística viola la Ley de Imprenta plenamente vigente en el ordenamiento jurídico del país, pues nuestro trabajo informativo que pudo aludir secundariamente al hermano del Gobernador no se refirió en ningún momento a su vida privada, que la respetamos, sino se circunscribió a los malos manejos del Gobernador, en tanto funcionario público, beneficiando a su familia empresaria con recursos públicos.
El artículo 14 de la Ley de Imprenta señala tajantemente que “nadie puede ser admitido a probar la verdad de hechos difamatorios, sino contra funcionarios públicos o gerentes de sociedad anónima o en comandita por acciones sobre imputaciones relativas al ejercicio de sus funciones”.
Por tanto, El Juez que admitió la causa deberá, insoslayablemente, derivarla a jurisdicción de la Ley de Imprenta.
Invocamos el artículo 21 y sucesivos de la Ley de Imprenta para solicitar a los respetables miembros del H. Concejo Municipal de Cobija se proceda a convocar a 40 ciudadanos notables de nuestra noble comunidad pandina, constituyendo el Jurado de Imprenta en esta capital, como un hecho histórico y trascendental para el fortalecimiento democrático de Pando.
Alentamos la convicción de que los concejales de Cobija por un lado, y el Juez que admitió la querella contra Sol de Pando por otro, harán prevalecer los principios de la Ley de Imprenta en esta comuna.